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CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO

El contrato de trabajo es un acuerdo de voluntades en donde se pone de manifiesto los derechos y obligaciones de cada una de las partes. Es el documento que formaliza la relación laboral entre empleador y empleado.

En caso de no existir un documento que formalice dicha relación laboral basta simplemente que el empleado haga constar con palabras y hechos desde cuando presta sus servicios al patrono o empleador con lo cual dará fe de su antigüedad en dicho puesto de trabajo.


Lo anterior crea el inconveniente de no poderse comprobar en un momento dado y generara el inconveniente de ser un factor de contradicciones, en muchos casos el afectado simplemente es el empleado, que no tuvo acceso a este documento, ya sea por olvido, conveniencia, irresponsabilidad, etc.

En cualquier país del mundo el contrato de trabajo es un instrumento legal, que garantiza el inicio de una relación laboral y dicho contrato debe elaborarse en triplicado, siendo su distribución para las partes interesadas el original es para el empleador, una copia debe entregársele al empleado y una copia debe remitirse a la dependencia de gobierno competente. En algunos casos es El Ministerio de Trabajo, Dirección General de Trabajo, etc.


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